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Justicia en Colombia, Evolución y reinvención

Justicia en Colombia, Evolución y reinvención

julio 30, 2020 5:45 pm

http://www.radiosantafe.com/2020/07/30/justicia-en-colombia-evolucion-y-reinvencion/

Por: Luis Eduardo Forero Medina

La Constitución política de 1991 dedica los artículos 234 a 257 a la reglamentación de la rama judicial que como servicio público es una institución que ejerce control sobre los otros poderes del Estado y decide los conflictos que surjan entre las personas en general, garantizando de acuerdo a los supremos dictados, una pronta y cumplida justicia tanto para “los de ruana” como a los “de cuello blanco”.

Una Asamblea Nacional Constituyente en 1886 creó la Corte Suprema de Justicia y otra en 1991 la reformó íntegramente, subsistiendo la cooptación como el sistema de selección de los magistrados que en el caso de la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, se continúa haciendo en el seno de dichas Corporaciones, previo concurso público; por su parte los magistrados de la Corte Constitucional son elegidos por el Senado de ternas conformadas por el Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado.


En el último medio siglo el sistema judicial colombiano fuera de registrar más de cincuenta Actos Legislativos reformando la Carta Magna, se han producido hechos dolorosos como la inmolación de 26 miembros de la Corte Suprema los días 6 y 7 de noviembre de 1985. Entre 1979 y 2018 mataron a 393 trabajadores de la justicia (Corporación Fasol). Se han emitido diversas normas dictadas por el Ejecutivo unas veces en épocas de conmoción interior y otras en normalidad, dándole un revuelco continuo a la rama judicial, entre las cuales se destacan el Estatuto de Seguridad (1978), la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia (1996); diversas declaratorias de emergencia judicial; establecimiento del sistema penal acusatorio en 2002; la Ley de Justicia y Paz en 2005; reformas o la expedición de varios códigos( Código Procesal del Trabajo en 2001; código disciplinario del abogado y la implementación de la Oralidad en los procesos Laborales en 2007, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en 2011, el Código General del Proceso en 2012 y el Código Nacional de Convivencia de 2016); regulación del arancel judicial en 2010; establecimiento de mecanismos alternativos de solución de conflictos como la conciliación, arbitraje, y amigable composición ( 1998 y 2012); creación de nuevos jueces de paz (1999) que con la de los pueblos indígenas, constituyen dos jurisdicciones especiales. En 1989 se crearon los jueces de familia y la jurisdicción agraria que continúa sin desarrollarse; en 2015 el Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, que definió las reglas de reparto de la acción de tutela; “una silenciosa revolución por los derechos ciudadanos”; y la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) en 2016, que va hasta el año 2037, y los decretos dictados por la Covid-19, que suspenden los términos procesales y fomenta la telejusticia. La última tiene que ver con la cobertura de canales de comunicación que tiene la Rama Judicial al servicio de la ciudadanía y la reforma del reglamento de la Corte Suprema aprobando la implementación del voto electrónico que le permitirá a la Sala Plena realizar votaciones secretas para elegir funcionarios e integrar ternas.

En el campo judicial han desaparecido instituciones que fueron claro ejemplo del desconocimiento del derecho de defensa como la “justicia sin rostro”, creada en 1985, cuando se admitían testigos secretos; El Estatuto antiterrorista de 2003 que permitía adelantar capturas sin orden judicial. De otro lado se ha preservado la jurisdicción penal militar y el fuero, como el derecho de todo militar a ser juzgado por la jurisdicción castrense en las infracciones características de su estado; jurisdicción que se remonta a las gestas de la independencia y se reformó en 1999. Las Notarías también ha contribuido a la descongestión judicial al recibir la competencia de tramitar procesos que antes se adelantaban ante los jueces.


Como se ve, no son pocas las leyes que hacen parte de lo que La Corporación Excelencia en la Justicia (CEJ) denomina una “hiperinflación normativa”, “lo cual quiere decir que coexisten multiplicidad de regulaciones en una misma materia”, y que generan innumerables problemas que van desde la costumbre de hacerse justicia por las propias manos hasta los continuos “choque de trenes” presentados en la cúpula de la Rama; la rampante impunidad, que en casos de homicidio es del 97% (Ministerio de Justicia); la corrupción; el incumplimiento de los términos procesales que no siempre son observados con suma diligencia; la falta de inclusión de al menos el 43% de jueces y empleados que no están en carrera judicial, aunado a la cantidad de jueces por nombrar para cumplir con la proporción de 65 jueces por cada 100.000 habitantes; actualmente en ese rango solo están 11 jueces; lo que contribuye a alimentar la morosidad en la justicia, debido además por el acrecimiento en el número de demandas y la politización de la rama judicial particularmente en la Corte Constitucional. Las dificultades de víctimas de violencia sexual para acceder a una justicia efectiva, es otra talanquera de la justicia que se vería renovada con la aprobación de un nuevo Código Civil, el que regula las comisarías de familia, el que crea la Especialidad Agraria, el facilitador como líder comunitario y el que establece el Estatuto de la Conciliación.
@luforero4

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